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¿Es obligatorio tener socorrista en la piscina?

La normativa sobre la obligatoriedad o no de un socorrista en las piscinas comunitarias varía según el municipio y la Comunidad Autónoma. En el caso de la región de Madrid es obligatorio contratar socorrista en las urbanizaciones que sobrepasen las 30 viviendas.

Aunque, en función del número de viviendas, se puede eximir a la comunidad de contar con un socorrista, siempre es recomendable contratar a un profesional que tenga el grado de conocimiento suficiente en socorrismo acuático y prestación de primeros auxilios, acreditado por el organismo competente.

Este profesional deberá permanecer en las instalaciones durante todo el tiempo de funcionamiento de las mismas. De ahí la importancia de establecer un horario de apertura y cierre de la piscina.

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