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LA VENTA DE LA NUDA PROPIEDAD Y LA CONSERVACIÓN PATRIMONIAL DEL USUFRUCTO

Cuando una persona adquiere una propiedad, obtiene lo que se conoce como pleno domino. El pleno domino se divide entre la nuda propiedad y el usufructo vitalicio. La venta de la nuda propiedad es ideal para aquellas personas mayores sin herederos o que desean disfrutar de su vivienda de por vida sin ningún tipo de preocupación económica.

Y es que, la nuda propiedad no aporta la posesión inmediata de la misma, ya que aunque un comprador adquiera la vivienda, el usufructo sigue perteneciendo al vendedor, quien podrá hacer uso y disfrute de la misma hasta que dicho usufructo finalice.

Ventajas

La principal ventaja, sin duda, es poder seguir haciendo uso de la vivienda para siempre. Una seguridad avalada legalmente con las máximas garantías, registrado correctamente y con escritura ante notario. Además, el dinero de la venta se recibe en el instante de la cesión de la nuda propiedad y de una sola vez, permitiendo al usufructuario disfrutar de su propiedad y recibir esta compensación económica inmediata.

Si el usufructuario no desea continuar viviendo en su casa, podrá alquilar la vivienda y obtener íntegramente esa renta. Pero el arrendamiento se extingue en el momento del fallecimiento del usufructuario. Incluso el usufructuario puede vender el usufructo a una tercera persona y obtener otro ingreso.

Con esta ventalos gastos también serán menores para el vendedor, ya que pasaría a pagar solamente aquellos correspondientes a los consumos ordinarios de la vivienda (agua, electricidad, gas…), mientras que el inversor se haría cargo desde ese momento del IBI y las derramas extraordinarias de la vivienda

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